Guadalajara, Jal. 20 de abril de 2009

Cortan la energía eléctrica en la Planta de Tratamiento de La Barca

 

A poco más de dos meses de haber recibido del municipio de la Barca Jalisco, una carta compromiso en la que el Presidente Municipal, José Mendoza Barrientos, acepta la firma de un convenio con la CEA para hacerse cargo de la operación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la cabecera municipal; la Comisión Estatal del Agua de Jalisco informa que hasta el momento no ha recibido la certificación en la que el cabildo de ese ayuntamiento autoriza al C. Presidente Municipal, a que firme el convenio y se responsabilice del tratamiento de sus aguas, según lo señala la ley en el artículo 115 constitucional, fracción III; misma que también le confiere el derecho del cobro por éste servicio en el Capítulo III, artículos del 95 al 101 de la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios.

Hasta hoy se lleva a cabo el cobro de dicho servicio sin invertir los fondos obtenidos en el saneamiento del agua, lo anterior consta en el artículo 36 de su Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2009, en el que se obliga a los usuarios al pago de los derechos correspondientes a los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

En virtud de que no se ha considerado un tema prioritario para el municipio y los fondos del tratamiento de agua se utilizan para otras acciones, la Comisión Estatal del Agua de Jalisco suspendió el pago de la energía eléctrica de su planta de tratamiento, entregando al ayuntamiento la responsabilidad que por ley le corresponde.

Es importante recordar que el estado no tiene la posibilidad de operar plantas de tratamiento salvo que exista un convenio de colaboración con el municipio, a fin de obtener recursos que permitan el subsidio de un porcentaje de los costos de operación, y así dar cumplimiento a lo solicitado por la Contraloría del Estado, según lo señalan los artículos 47 de la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus municipios, 81 de La Constitución Política del Estado de Jalisco, y  95 de la Ley del Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

Por cada m3 de agua tratada, la federación otorga al ayuntamiento un estímulo de 0.40 pesos; sin embargo con la firma del convenio de colaboración, el ayuntamiento de La Barca habría tenido acceso a otro subsidio del 30% que solventaría el estado, del resto de sus costos de operación.

De manera simbólica y como ejemplo: Si el costo del agua fuera de un peso por cada metro3 tratado, se le resta 0.40 subsidiados por la federación y de los 0.60 restantes, el estado se hace cargo del 30%, y el municipio del 70%; es decir, el municipio estaría pagando lo equivalente a 0.42 pesos por cada 1 peso, lo que equivale a menos del 50% del costo real de operación de la planta.

Durante el primer trimestre del presente año, la CEA ha invertido 574,528 pesos, en la operación de ésta Planta de Tratamiento. Con el corte de la energía eléctrica, se dejara de sanear 80 litros de agua por segundo provenientes de la cabecera municipal (el 100% de las aguas colectadas), cuyo destino final será el río Lerma que desemboca directamente al lago de Chapala.

La Planta de Tratamiento en mención ya no cuenta con energía eléctrica, por lo que la CEA turnará el caso a las instancias correspondientes haciendo acreedor al municipio de las sanciones que contempla la Ley Federal de Derechos por descargar aguas crudas fuera de norma.

Historial del trabajo de la CEA con el municipio de La Barca

8 de diciembre de 2008: se reúnen en las oficinas de la CEA Brasilia, el presidente municipal de la Barca José Mendoza Barrientos, y el Director de Operación de Plantas de Tratamiento de la CEA Manuel Osés Pérez, y se expone la necesidad de firmar un convenio de colaboración a fin de poder seguir proporcionando el apoyo del estado. En caso contrario, se plantea la necesidad de entregar la PTAR al municipio.
La CEA entrega al presidente municipal una copia del proyecto de convenio para autorización del cabildo. Esta instancia no recibe respuesta oficial por parte del ayuntamiento.

26 de enero de 2009: Se le informa oficialmente al C. Presidente Municipal, que la CEA dejará de operar la planta de tratamiento de la cabecera municipal, en virtud de no existir la intención de firmar el convenio de colaboración y responsabilizarse del tratamiento de sus aguas. Se le solicita que asigne a una persona que reciba la planta de tratamiento.

5 de febrero de 2009: el municipio responde de manera oficial que no firmarán el convenio argumentando que “…el total de los recursos propios están comprometidos para cubrir el gasto corriente, es decir, los servicios públicos municipales y por otra parte la deuda pública…”

10 de febrero de 2009: La CEA recibe de manera oficial, una carta compromiso en donde el C. Presidente acepta firmar el convenio de colaboración, proponiendo que a partir de junio se harían cargo de la operación de la PTAR.

11 de febrero de 2009: La CEA responde que deberá firmarse el convenio de colaboración a la brevedad posible, a fin de que el estado sustente la operación de la planta entre el 1 de enero y el 31 de mayo, según lo propuesto por La Barca.

“Transcurrieron dos meses y 15 días sin recibir información oficial que de seguimiento a éste tema”

7 de abril de 2009: La CEA hace del conocimiento del ayuntamiento que por no existir la intención de firmar el convenio de colaboración acordado con anterioridad, suspenderá el pago de la energía eléctrica de dicha planta, entregando al municipio la responsabilidad completa de la operación de la misma.

15 de abril de 2009: La CEA recibe un documento oficial de parte del C. Presidente de La Barca, en donde solicita no solventar los gastos de operación y mantenimiento de la PTAR entre el 1 de enero y el 31 de mayo, es decir durante los primeros cinco meses del presente año. Solicitan también que la CEA continúe operando la PTAR, así como que el municipio aporte menos del 70% que le corresponde, restando el subsidio de la federación y del estado.

16 de abril: La CEA responde que por no existir un convenio firmado, no tiene posibilidades de seguir solventando los gastos de operación de la Planta de Tratamiento, ya que incumpliría con lo señalado por la contraloría.